martes, 2 de septiembre de 2014

2. Cultura libre
La tensión entre una industria de la cultura y una economía social cultural tal como se ha definido en el curso deben coexistir. Es necesario buscar consensos y políticas para los actores culturales puedan desempeñarse en uno y otro campo de juego.
La industria cultural: desde el cine, la literatura, la pintura, la fotografía etc., genera una posibilidad de desarrollo laboral en muchos países, pero eso no debería restringuir el derecho de los hombres por el acceso a la cultura.
Es por ello que el estado debe reunir todos sus esfuerzos para que la producción, difusión y consumo estén al alcance de todos.

En una ciudad puede el estado mediante programas culturales gestionados por los centros vecinales u otras organizaciones, llegar a la comunidad, mediante acciones de docencia en los diversos lenguajes artísticos. O bien constituir ámbitos con recursos que posibiliten la producción para que a partir de aquí, esos bienes culturales de propiedad comunitaria puedan reproducirse, difundirse y consumirse sin restricción.
El cine, la música, la danza serían buenos ejemplos.
Un estudio de grabación, un estudio de filmación, talleres artísticos .. todos generados con fondos públicos y gestionados por la comunidad para su libre reproducción, difusión y consumo.
Requiere todo de mucho trabajo pero pienso asi como comienzo del tema...

domingo, 24 de agosto de 2014

1. Tensión entre propiedad intelectual y derecho a la cultura (derecho humano)

Recién comienzo a analizar esta tensión entre la propiedad intelectual y el derecho humano que deberíamos tener garantizado, como lo es el acceso a la cultura.
Los estados deberían garantizar esta participación e intercambio de bienes culturales pero lógicamente el mercado cultural de índole privado, prevalece frente a la gestión pública es decir que tenemos escasez de políticas públicas que nos distribuyan de manera equitativa los bienes culturales que todas las comunidades producen.
La participación en instancias culturales y el intercambio de bienes culturales, favorecen el crecimiento y desarrollo intelectual del individuo pero a la vez ciertas leyes restringen el acceso.
Este artículo señala de manera más apropiada esta discusión y favorece a una reflexión conjunta para pensar los mecanismos que organizaciones públicas pero también privadas, deben establecer para garantizarnos la producción, reproducción, difusión y consumo de cultura. Fortalezcamos el cumplimiento del derecho humano a la cultura. Busaniche (2013) establece en relación a la actividad que debe cumplir el comité de aplicación del Pacto Internacional de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales:
"la propiedad intelectual es un producto social y tiene una función social” y por eso, el comité recomienda que los “Estados deberían considerar asimismo la posibilidad de realizar evaluaciones del impacto en los derechos humanos antes de aprobar leyes para proteger intereses morales y materiales que correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas, así como tras un determinado período de aplicación”.
"Nada de esto ocurre en los debates sobre propiedad intelectual vigentes en nuestra región. Toda vez que aparece una propuesta legislativa de extensión de derechos de autor, así como medidas complementarias tendientes al control de la circulación de cultura en Internet  responsabilidad de intermediarios y otro tipo de iniciativas amparadas en el argumento de la protección de la propiedad intelectual en la red, los compromisos de cada uno de nuestros países con el sistema de Derechos Humanos pasan al olvido, y con ellos la garantía de derechos culturales que expresamente consagra el derecho de toda persona a gozar de los beneficios de las artes y las ciencias y de participar libremente en la cultura de su comunidad".
Les dejo el link del artículo:

http://openbusinesslatinamerica.org/2013/03/07/propiedad-intelectual-y-derechos-humanos-como-interpretar-las-clausulas-que-consagran-los-derechos-culturales/